Ley13528·1966

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. CANELONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/10/1966

Fecha de publicación

11 de enero de 1966

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble Padrón N.o 668 manzana 6 de la Ciudad de Canelones, con el edificio denominado "Cine Lumiere" con una superficie de 692 metros.

Artículo 2Artículo 2

(*)

Artículo 3Artículo 3

(*)

Artículo 4Artículo 4

Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9.o de la ley N.o 11.925, de 27 de marzo de 1953, de Ordenamiento Financiero y Reajuste Administrativo, a lo que recaude en lo sucesivo la AGADU en nombre del Consejo de Derechos de Autor, por concepto de derechos de autor de las obras caídas en el dominio público o que pertenezcan al Estado de conformidad a lo dispuesto por la ley N° 9.739, de Propiedad Artística y Literaria del 17 de diciembre de 1937.

Artículo 5Artículo 5

Los fondos provenientes de la recaudación deberán ser entregados trimestralmente al Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social quien los verterá en el "Fondo de Desarrollo de las Ciencias, las Letras, las Artes y la Cultura", en forma que permita discriminarlos y con el exclusivo destino de financiar la adquisición y alhajamiento de teatros del interior de la República.

Artículo 6Artículo 6

(*)

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de octubre de 1966Promulgación (13528)
  2. 1 de noviembre de 1966Publicación (13528)
  3. 19 de octubre de 1970Deroga (13892)
  4. 19 de octubre de 1970Deroga (13892)
  5. 19 de octubre de 1970Deroga (13892)
  6. 19 de octubre de 1970Deroga (13892)