Ley13590·1967

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. GLORIA CANABE DE SILVEIRA REGALADO. MARIA SUSANA SILVEIRA CANABE. DENIS ROBERTO SILVEIRA CANABE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/06/1967

Fecha de publicación

22/06/1967

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señora Gloria Canabé de Silveira Regalado y a los menores María Susana y Denis Roberto Silveira Canabé en sus respectivas calidades de viuda e hijos del ex comisario Antonio Silveira Regalado, una pensión graciable de $ 3.000.00 (tres mil pesos) mensuales, acumulable a las asignaciones de actividad y pasividad que les pudiera corresponder.

Artículo 2Artículo 2

El servicio de esta pasividad será atendido con cargo a Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de junio de 1967Promulgación (13590)
  2. 22 de junio de 1967Publicación (13590)