Ley13595·1967

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. VILLA DE RIVERA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/07/1967

Fecha de publicación

20/07/1967

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase feriado para el Departamento de Rivera el 20 de julio de 1967, día del centenario de la fundación de la Villa de Rivera.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos de los demás Departamentos de la República, nacidos en el Departamento de Rivera, que deseen trasladarse a dicha ciudad en la fecha indicada, una licencia de 3 días.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de julio de 1967Promulgación (13595)
  2. 20 de julio de 1967Publicación (13595)