Ley13610·1967

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. OFELIA FREIJE DE BERMUDEZ ANTUÑA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de diciembre de 1967

Fecha de publicación

15/09/1967

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que la pensión graciable acrecida por ley N.o 13.308, de 10 de diciembre de 1964, y oportunamente otorgada a la señora Ofelia Freije de Bermúdez Antuña, es acumulable a las asignaciones de actividad y pasividad que pudieran corresponderle.

Artículo 2Artículo 2

La totalidad del servicio de la misma, será de cargo de Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de setiembre de 1967Promulgación (13610)
  2. 15 de setiembre de 1967Publicación (13610)