Ley13649·1968

AUMENTO DE PENSION GRACIABLE. VENTURA URETA DE PEREIRA NUÑEZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de mayo de 1968

Fecha de publicación

22/04/1968

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase a la suma de $ 2.500.00 (dos mil quinientos pesos) mensuales la pensión graciable acordada por la ley N° 12.451, de 30 de noviembre de 1957, a la señora Ventura Ureta de Pereira Núñez.

Artículo 2Artículo 2

El servicio de esta pasividad continuará siendo atendido por Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de abril de 1968Promulgación (13649)
  2. 22 de abril de 1968Publicación (13649)