Ley13675·1968

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. BRUNA COSTA DE URTA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de mayo de 1968

Fecha de publicación

9 de octubre de 1968

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase a la señora Bruna Costa de Urta una pensión graciable de $ 3.000.00 (tres mil pesos) mensuales, acumulable a las asignaciones de actividad y pasividad que pudieran corresponderle, en contraprestación por la entrega al Estado, de las siguientes obras originales del pintor Nicolás Urta: 1. Prado 1954. 2. Costa del Buceo. 3. Día Gris-Las Flores 1954. 4. Iglesia de San Juan Bautista. Pocitos 5. Las Flores 1948. 6. Paisaje de Las Flores. 7. Paisaje del Prado. 8. Las Flores 1948. 9. Las Flores 1940. 10. Las Flores 1946. 11. El Palacio Salvo 12. Retrato. 13. Desnudo.

Artículo 2Artículo 2

Las obras de arte mencionadas en el artículo anterior se incorporarán al acervo del Museo Nacional de Bellas Artes.

Artículo 3Artículo 3

El servicio de esta pasividad se atenderá con cargo a Rentas Generales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de setiembre de 1968Promulgación (13675)
  2. 10 de setiembre de 1968Publicación (13675)