Artículo 1 — Artículo 1
Concédese una pensión graciable de pesos 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales a la señora Juana Muniz de Becerra, acumulable a la legal que le pudiera corresponder, la que será servida por Rentas Generales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese una pensión graciable de pesos 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales a la señora Juana Muniz de Becerra, acumulable a la legal que le pudiera corresponder, la que será servida por Rentas Generales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.