Ley13827·1969

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA TERESA IGLESIAS DE GRAUERT

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/12/1969

Fecha de publicación

24/12/1969

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Elévase a la suma de quince mil pesos ($ 15.000.00) mensuales, la pensión graciable acordada a la señora María Teresa Iglesias de Grauert, por ley N° 10.483, de 12 de mayo de 1944 y acrecida por las leyes N° 11.420, de 29 de abril de 1950 y N° 13.210 de 17 de diciembre de 1963, acumulable a la asignación de pasividad que le pudiera corresponder.

Artículo 2Artículo 2

Quedan excluídas del aumento que se otorga por la presente ley, sus hijas Raquel y Susana Grauert Iglesias.

Artículo 3Artículo 3

El servicio de esta pasividad será atendido con cargo a Rentas Generales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de diciembre de 1969Promulgación (13827)
  2. 24 de diciembre de 1969Publicación (13827)