Artículo 1 — Artículo 1
Acúerdase a la señora Juana Esther Gadea de Padula una pensión graciable de diez mil pesos ($ 10.000.00) mensuales, acumulable a la asignación de pasividad que le pudiera corresponder.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acúerdase a la señora Juana Esther Gadea de Padula una pensión graciable de diez mil pesos ($ 10.000.00) mensuales, acumulable a la asignación de pasividad que le pudiera corresponder.
Artículo 2 — Artículo 2
El servicio de esta pasividad será atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.