Artículo 1 — Artículo 1
La Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica del Interior, creada por ley N° 13.552, de 26 de octubre de 1966, concederá a todos los trabajadores cuyas empresas tienen radicados sus despidos en dicha Caja, un préstamo en dinero equivalente a doce mil pesos ($ 12.000.00) a cada uno. Este beneficio alcanzará a todos los trabajadores con Categoría "A" y "D". Las solicitudes correspondientes serán presentadas por los interesados ante el organismo prestamista dentro de los veinte días de la fecha de promulgación de esta ley.