Artículo 1 — Artículo 1
Declárase de utilidad pública la expropiación del predio lindero con la "Casa de los Artigas", ubicada en la Villa del Sauce, 6.a Sección Judicial del Departamento de Canelones, padrón N° 326, con excepción de la parte perteneciente a la Curia Eclesiástica, que obedece al siguiente deslinde: m. 28.05 lindando con el padrón N.o 1464; m. 42.67 sobre la calle Carmelo R. González; m. 28.05 sobre la calle San Miguel, y m. 42.67 lindando con el resto del aludido padrón N.o 326.