Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase la expropiación de los solares y mejoras ubicados en la 3.a Sección Judicial de Montevideo, manzana N.o 10, padrones Nos. 2.539, 2.541, 2.542, y 2.543, con una superficie de 756, 160, 446 y 160 metros cuadrados, respectivamente ubicados entre las calles 25 de Mayo, Guaraní, Washington y Juan Lindolfo Cuestas, propiedad del señor Sebastian Rivero, o sucesores a cualquier título, con destino a la ampliación del Hospital Maciel.