Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 5.000.00 (cinco mil pesos) mensuales, a la señora María Constanza Montero Artigas de Machín, acumulable a la asignación de pasividad legal que pudiera corresponderle.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 5.000.00 (cinco mil pesos) mensuales, a la señora María Constanza Montero Artigas de Machín, acumulable a la asignación de pasividad legal que pudiera corresponderle.
Artículo 2 — Artículo 2
El servicio de esta pensión será atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.