Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase una pensión graciable de pesos 15.000.00 (quince mil pesos) mensuales, a la señora Amalia Adela Bregante de Arias y al señor José Fernando Arias Bregante, en sus calidades de viuda e hijo del Profesor doctor José F. Arias, acumulable a la asignación de pasividad legal que les pudiera corresponder.