Artículo 1 — Artículo 1
Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble empadronado con el N.o 3.830, ubicado en la segunda sección Judicial del Departamento de Salto, en la manzana catastral N.o 333, con una superficie de 1.399 metros cuadrados. Dicho inmueble será destinado a integrar el predio en el que se construirá el edificio y demás Instalaciones de un Liceo Piloto perteneciente al Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria.