Ley13949·1971

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARIA LUISA YANNEO DE BERGARA. LUISA RUTH BERGARA YANNEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de agosto de 1971

Fecha de publicación

13/01/1971

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Auméntase a la suma de $ 10.000.00 (diez mil pesos) mensuales, la pensión graciable acordada por la ley N.o 10.862, de 23 de octubre de 1946, a la señora María Luisa Yanneo de Bergara y a la señorita Luisa Ruth Bergara Yanneo, como viuda e hija del doctor Eugenio Pedro Bergara.

Artículo 2Artículo 2

Esta pensión continuará siendo atendida con cargo a Rentas Generales y conservará las características establecidas en la mencionada ley N.o 10.862, de 23 de octubre de, 1946 y su modificativa N.o 11.356, de 15 de octubre de 1949.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de enero de 1971Promulgación (13949)
  2. 13 de enero de 1971Publicación (13949)