Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Salud Pública para proceder a la venta, en subasta pública, del inmueble de su propiedad, procedente del legado de don Juan Pedro Musto, empadronado con el N.o 14.846, segregado del N.o 83.040, con una superficie de setenta y cinco metros cuadrados, ubicado en la 12.a, Sección Judicial del Departamento de Montevideo, con frente a la calle José L. Terra.