Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Salud Pública para proceder a la venta, en remate público, del inmueble ubicado en la localidad de "José Batlle y Ordóñez, empadronado con el N.o 171.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Salud Pública para proceder a la venta, en remate público, del inmueble ubicado en la localidad de "José Batlle y Ordóñez, empadronado con el N.o 171.
Artículo 2 — Artículo 2
El producido que se obtenga de esta operación se destinará exclusivamente a obras en el Centro Auxiliar "Dr. Héctor Giannarelli" de la precitada localidad, de acuerdo a lo establecido en los testamentos de los esposos Luis Giusti y Geremías Cantero de Giusti.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.