Ley13956·1971

SUSPENSION DE JUICIOS EJECUTIVOS A PRODUCTORES AGROPECUARIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/04/1971

Fecha de publicación

5 de mayo de 1971

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Suspéndese por 60 días los procedimientos en los juicios ejecutivos promovidos contra productores agropecuarios en general y sus fiadores.

Artículo 2Artículo 2

Durante el plazo de esta suspensión, las deudas no devengarán por ningún concepto un interés superior al 12 o/o (doce por ciento) anual.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de abril de 1971Promulgación (13956)
  2. 5 de mayo de 1971Publicación (13956)