Ley13968·1971

ENTREGA DE TIERRAS CON DESTINO A EXPLOTACION AGROPECUARIA. INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de julio de 1971

Fecha de publicación

6 de noviembre de 1971

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

El Instituto Nacional de Colonización podrá entregar tierras, para la realización de explotaciones agropecuarias en forma cooperativa. La adjudicación que se realice a favor de Sociedades Cooperativas, se hará en cualesquiera de las formas de tenencia que prevé la ley N.o 11.029, de 12 de enero de 1948.

Artículo 2Artículo 2

Las Sociedades Cooperativas deberán presentar, previamente a la adjudicación del predio, el plan de explotación a realizar y las normas a que se sujetarán los miembros, para la ejecución de los trabajos.

Artículo 3Artículo 3

Los socios de la entidad cooperativa deberán trabajar personalmente el bien, y reunir las condiciones básicas que establece la ley N.o 11.029 citada, para los colonos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 7 de junio de 1971Promulgación (13968)
  2. 11 de junio de 1971Publicación (13968)