Ley13969·1971

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. PANDO. CANELONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de julio de 1971

Fecha de publicación

6 de noviembre de 1971

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Declárase de utilidad pública la expropiación del inmueble sito en la calle 25 de Mayo N.o 1149 esquina Treinta y Tres de la ciudad de Pando, Padrón N.o 1.170 de la 7.a Sección Judicial del Departamento de Canelones.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar el mencionado bien a la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica del Interior por el valor que se le fije para su expropiación, con destino a sede del referido organismo.

Artículo 3Artículo 3

Exonerase a la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica del Interior de impuestos nacionales en la transmisión del dominio que se realice de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior.

Artículo 4Artículo 4

La suma necesaria para el cumplimiento de la presente ley será adelantada por el Poder Ejecutivo con cargo a Rentas Generales.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 7 de junio de 1971Promulgación (13969)
  2. 11 de junio de 1971Publicación (13969)