Ley14002·1971

PRORROGA DE EXIGENCIA PARA LA LEGITIMACION ADOPTIVA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de mayo de 1971

Fecha de publicación

8 de octubre de 1971

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Manténgase por dos años más a partir de la publicación de esta ley, el término fijado por el inciso 2.o del articulo 8.o de la ley N.o 10.674 e 20 de noviembre de 1945, relativo a exigencia de edad para que proceda la legitimación adoptiva.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de agosto de 1971Promulgación (14002)
  2. 10 de agosto de 1971Publicación (14002)