Ley14007·1971

INCORPORACION AL REGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL. BIENES INMUEBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

18/08/1971

Fecha de publicación

23/08/1971

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

A los efectos previstos por la ley N.o 12.340, de 29 de noviembre de 1956, la Universidad de la República podrá incorporar, de conformidad con lo dispuesto por la ley N.o 13.870, de 17 de Julio de 1970, y por los artículos 496, 497 y 498 de la ley N.o 13.892, de 19 de octubre de 1970, al régimen de propiedad horizontal, los inmuebles urbanos del departamento de Montevideo, empadronados con los N.os 7.511, 29.441, 82.957 y 121.234, que integrar su patrimonio de acuerdo al testamento de don Américo Solari Bonino.

Artículo 2Artículo 2

Los ocupantes de dichos inmuebles tendrán, respecto a las fincas que ocupan, el derecho que les acuerda el artículo 32 de la ley N.o 13.870, de 17 de julio de 1970, el que deberán ejercer en la forma que se establece en el artículo siguiente.

Artículo 3Artículo 3

La Universidad de la República comunicará a los ocupantes de dichos inmuebles que la finca ha sido incorporada al régimen de propiedad horizontal y que la unidad que ocupan se encuentra en venta, dándoles un plazo de treinta días para que manifiesten su voluntad de adquirirla. La notificación se hará por telegrama colacionado y los treinta días se contarán desde la fecha de expedición del telegrama. Dentro de los sesenta días contados desde la fecha de expedición del telegrama, deberá suscribirse el correspondiente compromiso de compra-venta y dentro de los ciento veinte días contados desde la misma fecha que los plazos precedentes, se procederá a la escrituración de la unidad que en cada caso corresponda. Vencidos los plazos que en cada caso se acuerdan, caducará el derecho de los actuales ocupantes de las fincas referidas en el artículo 1.o de esta ley y la Universidad de la República podrá proceder libremente a su enajenación.

Artículo 3Artículo 3-A

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 18 de agosto de 1971Promulgación (14007)
  2. 23 de agosto de 1971Publicación (14007)