Ley14084·1972

EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/09/1972

Fecha de publicación

15/09/1972

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Declárase de utilidad pública la expropiación de los inmuebles situados en la 1ª Sección Judicial del departamento de Montevideo, empadronados con los números 5.068 y 5.069 y con frente a la Avenida Uruguay Nos. 885, 887, 881 respectivamente. Dichos inmuebles serán destinados a sede de las Oficinas de la Caja de Retirados y Pensionistas Militares.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a la Caja de Retirados y Pensionistas Militares a disponer de sus recursos propios hasta la cantidad de $ 78:000.000 (setenta y ocho millones de pesos), con el fin de abonar el precio resultante de las enajenaciones referidas, así como obras de adaptación y reparación o alhajamiento de su sede.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase, al Directorio del mencionado Organismo a enajenar el inmueble de su actual sede, empadronado con el N° 6.201, situado en la 4ª Sección Judicial del departamento de Montevideo, con frente a la calle Convención N° 1332, por un valor no inferior a los dos tercios de la tasación a practicarse por la Dirección de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales al contado o con la financiación que acuerde previo llamado a ofertas por remate público. Los fondos a obtenerse por este concepto, podrán utilizarse para las obras de adaptación y reparación o para alhajamiento, previstas en el artículo anterior.

Artículo 4Artículo 4

Las enajenaciones referidas y las escrituras correspondientes, estarán exentas de tributos y derechos de cualquier índole, en lo concerniente a la Caja de Retirados y Pensionistas Militares.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de setiembre de 1972Promulgación (14084)
  2. 15 de setiembre de 1972Publicación (14084)