Ley14090·1972

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ALBERTO ZUM FELDE, JUANA FERNANDEZ DE IBARBOUROU, JOSE LUIS ZORRILLA DE SAN MARTIN, JOSE CUNEO, FERNAN SILVA VALDES, CARLOS SABAT ERCASTY, SERAFIN J. GARCIA, PEDRO LEANDRO IPUCHE, CONCEPCION SILVA BELINZON, JULIO VERDIE, AMADEO ROSSI MAGLIANO, ALBERTO RUSCONI, JUAN ILARIA, EMILIO ORIBE Y EUGENE RELGIS, MATILDE CORBACHO DE POSE, JULIA ELENA VARELA ACEVEDO DE MAÑE, MARGARITA GORRITTI DE VASSEUR, JULIETA DE LA FUENTE DE HERRERA Y REISSIG, MARIA ELENA BRAVO DE QUIROGA Y MARIA ELENA CROSA DE ROXLO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de junio de 1972

Fecha de publicación

25/10/1972

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Concédense pensiones graciables de pesos 100.000.00 (cien mil pesos) mensuales a cada una de las siguientes personas: Alberto Zum Felde, Juana Fernández de Ibarbourou, José Luis Zorrilla de San Martín, José Cúneo, Fernán Silva Valdés, Carlos Sabat Ercasty, Serafín J. García, Pedro Leandro Ipuche, Concepción Silva Bélinzon, Julio Verdié, Amadeo Rossi Magliano, Alberto Rusconi, Juan Ilaria, Emilio Oribe y Eugene Relgis.

Artículo 2Artículo 2

Concédense pensiones graciables de $ 50.000.00 (cincuenta mil pesos), mensuales a cada una de las siguientes personas: Matilde Corbacho de Pose, Julia Elena Varela Acevedo de Mañé, Margarita Gorritti de Vasseur, Julieta De La Fuente de Herrera y Reissig, María Elena Bravo de Quiroga y María Elena Crosa de Roxlo.

Artículo 3Artículo 3

Dichas pensiones serán servidas por Rentas Generales, siendo acumulables a las pasividades a que tuvieren derecho sus titulares y en lo que se refiere a las concedidas por el artículo 1° sólo serán trasmisibles en un cincuenta por ciento, a los cónyuges supérstites.

Artículo 4Artículo 4

Deróganse todas las leyes que hayan acordado pensiones graciables a cualquiera de los beneficiarios comprendidos en ésta.

Artículo 5Artículo 5

El pintor Julio Verdié entregará 10 (diez) cuadros con destino a las colecciones del Museo Nacional de Artes Plásticas, que serán seleccionados por la Dirección del mismo.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 6 de octubre de 1972Promulgación (14090)
  2. 25 de octubre de 1972Publicación (14090)