Artículo 1 — Artículo 1
Declárase que los empleados y obreros del Parque de Vacaciones de la Administración General de las Usinas Eléctricas y los Teléfonos del Estado (UTE), están afiliados, a los efectos jubilatorios y pensionarios, a la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles y Escolares, (Banco de Previsión Social).