Ley14126·1973

FIJACION DE SALARIO. MINISTROS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/05/1973

Fecha de publicación

24/05/1973

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjanse, a partir del 1.o de enero de 1973, en la suma de $ 550.000 (quinientos cincuenta mil pesos) líquidos mensuales, las dotaciones básicas de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia. Les alcanzará, igualmente, las compensaciones y beneficios que correspondan a los funcionarios del Poder Judicial.

Artículo 2Artículo 2

Las asignaciones fijadas precedentemente tendrán el carácter de líquidas, siendo de cargo de Tesorería los descuentos establecidos por leyes jubilatorias y presupuestales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de mayo de 1973Promulgación (14126)
  2. 24 de mayo de 1973Publicación (14126)