Ley14131·1973

DECLARACION DE ZONA TURISTICA. BALNEARIO KIYU. DEPARTAMENTO DE SAN JOSE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/05/1973

Fecha de publicación

24/05/1973

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase zona turística a los efectos dispuestos por el numeral 9.o del artículo 85 de la Constitución de la República, el Balneario Kiyú, en la 6.a Sección del Departamento de San José, sobre las Barracas de San Gregorio, a 14 kilómetros de la Ruta 1, sobre el kilómetro 61.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de mayo de 1973Promulgación (14131)
  2. 24 de mayo de 1973Publicación (14131)