Decreto Ley14152·1974

FIJACION DE FECHA PARA LA EXIGENCIA DE EDAD A QUE SE REFIERE EL ART. 8° DE LA LEY 10.674, SOBRE LEGITIMACION ADOPTIVA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de julio de 1974

Fecha de publicación

15/02/1974

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La exigencia de edad a que se refiere el artículo 8° apartado 2° de la ley N.o 10.674 de 20 de noviembre de 1945, no regirá hasta el 31 de diciembre de 1974.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 7 de febrero de 1974Promulgación (14152)
  2. 15 de febrero de 1974Publicación (14152)