Decreto Ley14184·1974

IMPORTACION DE VEHICULOS AUTOMOTORES EN ADMISION TEMPORARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de mayo de 1974

Fecha de publicación

23/04/1974

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase por última vez y por el término de noventa días, a partir del l.o de abril del corriente año, el plazo de que disponen los titulares de las gestiones amparadas por los artículos 242 de la ley N.o 13.637, de 21 de diciembre de 1967 y 119 y 120, de la ley N.o 13.782, de 3 de noviembre de 1969, para la presentación de la denuncia de importación definitiva ante el Banco de la República Oriental del Uruguay, de los vehículos amparados en el régimen de admisión temporaria.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de abril de 1974Promulgación (14184)
  2. 23 de abril de 1974Publicación (14184)