Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado no laborable para el Pueblo Carmen del departamento de Durazno el día 10 de junio de 1974, con motivo de la celebración del Centenario de su fundación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase feriado no laborable para el Pueblo Carmen del departamento de Durazno el día 10 de junio de 1974, con motivo de la celebración del Centenario de su fundación.
Artículo 2 — Artículo 2
Autorízase a los funcionarios públicos de todo el territorio de la República, nacidos en las Secciones Judiciales 4a., y l0a., del departamento de Durazno, a gozar de licencia en la referida fecha, a fin de facilitar su concurrencia a los actos de celebración.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.