Decreto Ley14218·1974

LEY DE CREACION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y PROMOCION SOCIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de noviembre de 1974

Fecha de publicación

23/07/1974

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase el Ministerio de Vivienda y Promoción Social, que tendrá competencia sobre las materias indicadas. (*)

Artículo 2Artículo 2

Suprímese el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo. (*)

Artículo 3Artículo 3

Los actuales Ministerios de Obras Públicas, de Industria y Comercio y de Ganadería y Agricultura pasarán a denominarse Ministerios de Transporte y Obras Públicas, de Industria y Energía y de Agricultura y Pesca, respectivamente. (*)

Artículo 4Artículo 4

El Poder Ejecutivo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 174 de la Constitución de la República, redistribuirá las atribuciones y competencias de los Ministerios referidos en los artículos anteriores.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de julio de 1974Promulgación (14218)
  2. 23 de julio de 1974Publicación (14218)