Decreto Ley14280·1974

CAJAS DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LA INDUSTRIA FRIGORIFICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

10 de agosto de 1974

Fecha de publicación

15/10/1974

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Auméntanse a partir del 1° de agosto de 1974 las compensaciones que sirven las Cajas de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica ( leyes 10.562. de 12 de diciembre de 1944 y 13.552, de 26 de octubre de 1966), en un 60% (sesenta por ciento).

Artículo 2Artículo 2

El cierre de los Registros de Bolsa de Trabajo dispuesto por la ley 12.493, de 16 de enero de 1958, alcanzará a todas las gestiones actualmente en trámite en las que no haya recaído resolución administrativa definitiva, cualquiera sea el fundamento que se alegue.

Artículo 3Artículo 3

Los aumentos dispuestos serán financiados de acuerdo a lo previsto en el artículo 2° de la ley 14.102, de 12 de enero de 1973.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de octubre de 1974Promulgación (14280)
  2. 15 de octubre de 1974Publicación (14280)