Artículo 1 — Artículo 1
Prorróganse la suspensión de la aplicación de la ley 14.234, del 25 de julio de 1974, establecida por la ley 14.277, del 8 de octubre de 1974, hasta el 31 de julio de 1975.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Prorróganse la suspensión de la aplicación de la ley 14.234, del 25 de julio de 1974, establecida por la ley 14.277, del 8 de octubre de 1974, hasta el 31 de julio de 1975.
Artículo 2 — Artículo 2
La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la Capital.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.