Decreto Ley14422·1975

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. FERMINA GADEA DE PEREIRA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de febrero de 1975

Fecha de publicación

9 de noviembre de 1975

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en la suma de N$ 150.00 (ciento cincuenta nuevos pesos) mensuales la pensión graciable que percibe la señora Fermina Gadea de Pereira.

Artículo 2Artículo 2

La obligación dispuesta por esta ley será atendida por Rentas Generales, y será acumulable a la pasividad a que tuviere derecho su titular.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 2 de setiembre de 1975Promulgación (14422)
  2. 11 de setiembre de 1975Publicación (14422)