Decreto Ley14432·1975

REGULACION DE LA ACTUACION DE LAS JUNTAS MEDICAS DEL SERVICIO DE SANIDAD POLICIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/09/1975

Fecha de publicación

10 de setiembre de 1975

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Las Juntas Médicas del Servicio de Sanidad Policial actuantes de acuerdo con lo establecido en los artículos 125º y 126º de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973, al determinar la ineptitud física o mental del personal comprendido en las disposiciones de la Ley Orgánica Policial y sus reglamentaciones deberá precisar el porcentaje de incapacidad de acuerdo a lo establecido en los artículos 35º al 38º y 55º literal C) de la ley 9.940, de 2 de julio de 1940.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de setiembre de 1975Promulgación (14432)
  2. 9 de octubre de 1975Publicación (14432)