Decreto Ley14459·1975

REGISTRO DE APODERADOS DE DESPACHANTES DE ADUANA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/11/1975

Fecha de publicación

19/11/1975

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase con carácter interpretativo que las personas inscritas en el Registro de Apoderados a que se refiere el inciso final del artículo 3º de la ley 13.925, de 17 de diciembre de 1970, son los apoderados de los Despachantes de Aduana o de las personas jurídicas habilitadas para el ejercicio de dicha profesión, no estando comprendidos en la aludida disposición los apoderados de comerciantes autorizados a despachar sus propias mercaderías.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de noviembre de 1975Promulgación (14459)
  2. 19 de noviembre de 1975Publicación (14459)