Decreto Ley14559·1976

INCORPORACION DE FERIADO NACIONAL EL 1° DE SETIEMBRE DE 1976

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/08/1976

Fecha de publicación

26/08/1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Inclúyese en los feriados pagos del artículo 18 de la ley 12.590 de 23 de diciembre de 1958, el día 1º de setiembre de 1976, con motivo de la toma de posesión del cargo de Presidente de la República por el período 1976/1981. Declárase exoneradas a las empresas de los aportes patronal-obrero a los organismos de Seguridad Social que correspondieran por aplicación de lo dispuesto en el inciso precedente.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de agosto de 1976Promulgación (14559)
  2. 26 de agosto de 1976Publicación (14559)