Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Poder Ejecutivo para reducir hasta en un 50% (cincuenta por ciento) las tasas fijadas para la liquidación de los siguientes impuestos: al Patrimonio de las Personas Físicas, Núcleos Familiares y Sucesiones Indivisas; a las Trasmisiones Inmobiliarias; a los Contratos y Enseñanza Primaria.