Decreto Ley14664·1977

MODIFICACION AL TEXTO ORDENADO 1976

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/06/1977

Fecha de publicación

20/06/1977

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Agrégase al literal A) del artículo 23 del Título 28 del Texto Ordenado - 1976, el siguiente inciso: (*)

Artículo 2Artículo 2

Las escrituras que se hubieran otorgado de mandato judicial con anterioridad a la vigencia de la presente ley, sin la obtención previa del certificado exigido por el literal A) del artículo 23 del Título 28 del Texto Ordenado - 1976, serán inscriptas por el Registro respectivo, haciendo abstracción de dicha omisión. En tales casos, el Registro interviniente suministrará la información a que se refiere el inciso final del literal A) del artículo 23 del Título 28 del Texto Ordenado - 1976, incorporado por el artículo 1º de la presente ley.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 14 de junio de 1977Promulgación (14664)
  2. 20 de junio de 1977Publicación (14664)