Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el contrato de préstamo celebrado el 23 de mayo de 1977, entre la República Oriental del Uruguay el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), (Préstamo Nº 319/OC-UR) cuyo texto luce anexo a la presente ley y la integra por el cual dicho Banco otorga a la República un crédito de U$S 15:000.000 (quince millones de dólares), o su equivalente en otras monedas, para cooperar en el Programa de Concesión de Créditos a la Industria Frigorífica Privada. (*)