Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Pedro Figari" la Escuela de Artes Aplicadas, dependientes del Consejo Nacional de Educación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Pedro Figari" la Escuela de Artes Aplicadas, dependientes del Consejo Nacional de Educación.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.