Decreto Ley14744·1977

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. TREINTA Y TRES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/12/1977

Fecha de publicación

1 de setiembre de 1978

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase feriado no laborable el día 10 de marzo de 1978, para el departamento de Treinta y Tres, con motivo de celebrarse el 125º aniversario de la fundación de su capital.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos nacidos en el departamento de Treinta y Tres, a disfrutar de licencia el día 10 de marzo de 1978, con el fin de concurrir a los actos de celebración de dicho aniversario en la ciudad de Treinta y Tres. Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en dicha autorización dispondrán las medidas de control pertinentes respecto a la efectiva concurrencia a los actos de quienes la invoquen para disfrutar del asueto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de diciembre de 1977Promulgación (14744)
  2. 9 de enero de 1978Publicación (14744)