Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Contrato de Préstamo celebrado el 20 de abril de 1978, entre el Poder Ejecutivo de la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (Préstamo Nº 22 - IC - UR) cuyo texto luce anexo a la presente ley y la integra por el cual dicho Banco otorga un crédito de U$S 26:000.000 (veintiséis millones de dólares de los Estados Unidos de América) para cooperar en la ejecución del Proyecto de Construcción de la Represa Paso Severino y otras obras de ampliación y mejoramiento del Sistema de Agua Potable de Montevideo. (*)