Decreto Ley14854·1978

INTEGRACION DE RECURSOS PARA EL "FONDO DE TUTELA SOCIAL POLICIAL"

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/12/1978

Fecha de publicación

21/12/1978

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

El "Fondo de Tutela Social Policial" creado por el artículo 8º de la ley 14.230, de 23 de julio de 1974, será administrado por la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial. Estará integrado por los siguientes recursos: A) con un 1% (uno por ciento) mensual que se deducirá del sueldo base de los policías en actividad y de los que se encuentren en la situación prevista en el artículo 69 de la Ley Orgánica Policial (Texto Ordenado por decreto 75/972, de 1º de febrero de 1972), así como de la pasividad de los retirados y pensionistas policiales; B) Con las donaciones que al mismo se efectúen y sean aceptadas por la autoridad competente". (*)

Artículo 2Artículo 2

Las deducciones del literal A) del artículo anterior serán descontadas por las distintas Unidades Ejecutoras dependientes del Ministerio del Interior y vertidas a la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial.

Artículo 3Artículo 3

El Fondo de Tutela Social Policial será afectado a los siguientes fines: A) En primer término: 1) Pago de Seguro de Vida e Invalidez; 2) Pago de gastos de sepelio; B) En segundo término: 1) Propiciar el desenvolvimiento social de los funcionarios y sus respectivos núcleos familiares; 2) Organizar la ayuda social a proporcionar al personal policial en actividad o retiro y sus núcleos familiares; 3) Propender a la construcción de obras que constituyen un real beneficio para la comunidad policial, tales como panteones, guarderías, centros de recreación, etc.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de diciembre de 1978Promulgación (14854)
  2. 21 de diciembre de 1978Publicación (14854)
  3. 20 de noviembre de 1981Modifica redacción (15217)
  4. 20 de noviembre de 1981Modifica (15217)