Decreto Ley14860·1978

PRORROGA DEL PLAZO DEL CESE OBLIGATORIO POR LIMITE DE EDAD

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/12/1978

Fecha de publicación

29/12/1978

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Al vencimiento del plazo establecido por el artículo 14º de la ley 14.550, de 10 de agosto de 1976, la autoridad competente podrá dilatar la aceptación de la renuncia hasta un nuevo período de dos años, sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 35º de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de diciembre de 1978Promulgación (14860)
  2. 29 de diciembre de 1978Publicación (14860)