Decreto Ley14865·1979

FONDOS PUBLICOS EXTRAPRESUPUESTALES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. EJERCICIO 1979

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de diciembre de 1979

Fecha de publicación

29/01/1979

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Los saldos de los tributos, multas y proventos percibidos por el Ministerio del Interior y sus dependencias, que al vencimiento del ejercicio no hayan sido aplicados en el desarrollo de sus actividades, pasarán automáticamente al ejercicio siguiente, no pudiendo destinarse al pago de retribuciones personales.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 12 de enero de 1979Promulgación (14865)
  2. 29 de enero de 1979Publicación (14865)