Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Contrato de Préstamo 1594 UR celebrado el 23 de junio de 1978, entre la República y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, por una cantidad en diversas monedas equivalentes a U$S 9:700.000 (nueve millones setecientos mil dólares de Estados Unidos), destinado a establecer un sistema nacional de formación profesional y a desarrollar la capacidad interna en los campos de investigación tecnológica, diseminación de la información y asistencia técnica para empresarios. (*)