Decreto Ley14890·1979

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. BELLA UNION. ARTIGAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de octubre de 1979

Fecha de publicación

25/05/1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse feriados no laborables los días 11 y 12 de mayo de 1979 para la ciudad de Bella Unión, en el departamento de Artigas, con motivo de celebrarse, el día 13 de ese mes, el 150 aniversario de su fundación.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos nacidos en la ciudad de Bella Unión a disfrutar de licencia los días 11 y 12 de mayo de 1979, con el fin de concurrir a los actos de celebración de dicho aniversario. Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en dicha autorización dispondrán las medidas de control pertinentes respecto a la efectiva concurrencia a los actos de quienes la invoquen para disfrutar del asueto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de mayo de 1979Promulgación (14890)
  2. 25 de mayo de 1979Publicación (14890)