Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Dámaso Antonio Larrañaga" a la Escuela Nº 119, de Primera Categoría, de la ciudad de Santa Rosa, departamento de Canelones, dependiente del Consejo Nacional de Educación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Dámaso Antonio Larrañaga" a la Escuela Nº 119, de Primera Categoría, de la ciudad de Santa Rosa, departamento de Canelones, dependiente del Consejo Nacional de Educación.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.